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1 de Marzo de 2018

Corte de Apelaciones y Sename firman acuerdo para fortalecer envío de información de causas

La finalidad es hacer más expeditas las comunicaciones entre ambas instituciones, especialmente las vinculadas a medidas de protección y vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes.

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Una de las últimas acciones del ministro Antonio Ulloa antes de dejar la presidencia del tribunal de alzada fue firmar el acuerdo interinstitucional de tramitación de información entre la Corte de Apelaciones de Copiapó y el Servicio Nacional de Menores (Sename) Atacama, que busca lograr mayor eficiencia en el funcionamiento y mantener adecuados y oportunos registros para el seguimiento de las causas de las que el servicio es parte.

“Los presidentes de las cortes establecimos la necesidad de realizar buenas prácticas. Dentro de ellas están las de relacionarnos con los organismos de la administración de Justicia, como el Sename, con el cual siempre tenemos algún tipo de colaboración y de actividad”, aseguró el juez presidente, Antonio Ulloa.

Este acuerdo, que se enmarca dentro de la política del Poder Judicial, pretende fortalecer el envío de información, principalmente la relacionada a medidas de protección y vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes. Las resoluciones que se dicten en segunda instancia se informarán vía correo electrónico a direcciones autorizadas, entre las que figuran la del director regional y el equipo de abogados del Sename.

“Este acuerdo nos permite salvaguardar, resguardar y agilizar tramitaciones en relación al ámbito proteccional o de vulneración de la infancia. Sin lugar a dudas que el trabajo colaborativo entre distintos estamentos del Estado nos va a permitir dar respuesta oportuna y pertinente en relación a materias que competen a nuestro servicio”, manifestó el director regional de Sename, Víctor Silva.

Sin embargo, cabe destacar que este tipo de comunicación es sólo informativa y permite tener conocimiento previo de las causas. Las resoluciones dictadas en éstas seguirán siendo notificadas formalmente de acuerdo a los establecido por el Código de Procesamiento Civil.